Cambios en la Ley de Migraciones

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Síntesis

  • Estamos modificando algunos aspectos de la política de seguridad con el objetivo de adaptarla a los nuevos desafíos traídos por la evolución internacional del narcotráfico y el crimen organizado.

  • Estos cambios le darán al Estado las herramientas para agilizar las decisiones migratorias de las personas con antecedentes delictivos. Por ejemplo, ahora se les podrá impedir el ingreso al país a extranjeros condenados por narcotráfico, trata de personas y lavado de dinero, entre otros delitos.

  • Los cambios que anunciamos hoy son parte de la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado. No son parte de una nueva política migratoria.

  • El Gobierno reafirma su compromiso para darles una bienvenida cálida a quienes eligen vivir en nuestro país. La Dirección Nacional de Migraciones procesó más de 220.000 radicaciones el año pasado.

 

Detalles

  • Uno de los puntos centrales de la reforma apunta a agilizar los procesos de revisión y expulsión, mediante la implementación de un proceso especial para personas que hayan cometido delitos o ingresado clandestinamente al país. Estamos buscando reducir el plazo mínimo del proceso de expulsión del año y medio actual a unos 60 días hábiles, siempre garantizando el derecho a la defensa y al debido proceso legal.

  • Otra reforma clave es que ahora se podrá impedir el ingreso o la permanencia de los extranjeros condenados, que estén cumpliendo condena o tengan antecedentes delictivos (en Argentina o en el exterior) por delitos que merezcan penas de privación de la libertad o por una serie de delitos específicos. Esos delitos son: tráfico de armas, de personas o de estupefacientes; lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas; tráfico de órganos o material genético; y corrupción.

  • Estos impedimentos para ingresar al país se suman a otros que ya existían, como haber participado en genocidios, cometido crímenes de guerra, actos de terrorismo o delitos de lesa humanidad.

  • Otro punto central es que se podrá cancelar la residencia de quienes hayan sido condenados en Argentina o en el exterior, aunque la condena no esté firme. Los extranjeros con condena firme en Argentina por estos delitos perderán su residencia automáticamente, cualquiera sea la antigüedad o categoría.

  • En todos los casos están previstas excepciones por razones humanitarias o de reunificación familiar, si la pena no supera los tres años de prisión.