Plan de estímulo a la construcción y alivio impositivo para hipotecas

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El Gobierno nacional enviará al Congreso un proyecto de ley con estímulos para la construcción y alivios fiscales para los deudores hipotecarios, según informó el Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación.

La iniciativa busca crear estímulos fiscales por 24 meses para impulsar la construcción por medio de cambios en el Impuesto a las Ganancias, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios.

El proyecto también invita a las provincias a adherir con modificaciones en los impuestos provinciales y a los municipios a través de las tasas municipales.

Las medidas, que surgen en parte de las propuestas discutidas en la Mesa de la Construcción, tienen el objetivo de estimular la actividad y el empleo en el sector, además de generar un impacto positivo en toda la economía a partir de las múltiples actividades vinculadas.

En cuanto al Impuesto a las Ganancias, el proyecto permitirá actualizar el costo de las inversiones realizadas en proyectos inmobiliarios, como terrenos y construcciones, con la condición de que se reinvierta el monto equivalente en nuevos proyectos.

Otra alternativa será hacer uso del revalúo para ese gravamen, que consiste en actualizar el costo de la inversión pagando un impuesto del 15 sobre el valor actualizado que podrá ser cancelado en forma diferida.

También se podrá diferir el pago del impuesto por ganancias en la venta de inmuebles cuando se reinvierta en Fondos Comunes de Inversión o en Fideicomisos financieros con objeto inmobiliario y oferta pública.

Además, se propone elevar el importe de la deducción en el Impuesto a las Ganancias de los intereses de créditos hipotecarios, una cifra que actualmente tiene un tope de 20.000 pesos anuales y que no se actualiza hace 20 años.

Por otra parte, para aliviar la necesidad de capital de trabajo de las nuevas construcciones, se posibilitará generar devoluciones por los créditos fiscales por el pago de IVA en la compra de insumos que se generen y no se hayan podido absorber dentro de un plazo de seis meses.

Y para todo desarrollo inmobiliario nuevo, se permitirá el cómputo del 100 por ciento del impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios contra el Impuesto a las Ganancias, que actualmente es del 33 por ciento.