Ministerio de Producción impulsa beneficios para quienes inviertan en emprendimientos

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Aquellas personas que inviertan en emprendimientos podrán deducir entre el 75 y 85 por ciento en la determinación del Impuesto a las Ganancias, y en el marco de la Ley de Emprendedores, que apunta a seguir mejorando el acceso al capital.

La normativa establece que ese porcentaje puede restarse siempre que no supere el 10 por ciento de la ganancia neta del ejercicio.

El excedente, en tanto, se podrá aplicar en los cinco ejercicios fiscales siguientes a aquel en el que se efectuaron los aportes. El beneficio es retroactivo y comprende inversiones realizadas desde julio de 2016.

Para el caso de aportes de inversión en proyectos radicados en las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Santiago del Estero la deducción se extenderá al 85 por ciento.

La inversión se tiene que mantener durante un mínimo de dos años, estar destinada a capitalizar un emprendimiento y ser de activos financieros liquidables en plazos de hasta 24 horas y en moneda local.

Para acceder al beneficio se implementó el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor, en el que se deberán inscribir las instituciones y los inversores interesados.

Para más información, los interesados pueden ingresar a: http://www.produccion.gob.ar/tramites/beneficios-fiscales- ley-emprendedor- 67847.


  

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